Las personas con una discapacidad tienen derecho a la devolución del IVA pagado por sus compras de
bienes y servicios de primera necesidad adquiridos para uso y consumo personal, con facturas
autorizadas por el SRI.
Además, las personas con discapacidad pueden solicitar la devolución del IVA
pagado
por cualquiera de los bienes establecidos en los numerales del 1 al 8 del artículo 74
de
la Ley Orgánica de Discapacidades, tales como:
Este trámite este trámite es aplicable únicamente a personas con discapacidad igual o superior al 30% conforme a la calificación efectuada por la autoridad sanitaria.
Si el trámite se realiza en ventanilla:
- Original y copia de la solicitud de devolución (Ver formato de solicitud).
- Presentación de la cédula de ciudadanía del beneficiario.
- Presentación del carné del CONADIS o MSP.
- Comprobantes de ventas originales, copias notariadas o certificadas por la casa
emisora (en caso de no disponer de comprobantes electrónicos físicos
que le hayan sido emitidos se deberá presentar un listado que justifique
la adquisición realizada ).Ver
formato listado
Requisitos especiales para ventanilla
En caso de que la solicitud la presente una tercera persona:
- Llenar la autorización que consta en el reverso de la solicitud.
- Copia de la cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
- Presentación de la cédula de ciudadanía y papeleta de
votación de la persona que ingresa la solicitud.
En caso de que la solicitud sea firmada por una tercera persona:
En calidad de sustituto
- Copia del certificado de sustituto (emitido por la autoridad nacional de inclusión
económica y social competente).
- Copia de la cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
- Presentación de la cédula de ciudadanía y papeleta de
votación del tercero.
En calidad de representante (padre, madre, curador o mandatario)
- Copia del poder general, especial o documentación que, a la fecha de la
solicitud, permita identificar que el representante legal ostenta tal calidad
(remitirse a la resolución
Nro. NAC-DGERCGC14-00784).
- Copia de la cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
- Presentación de la cédula de ciudadanía y papeleta de
votación del tercero.
Si el trámite se realiza en internet:
- Haber
presentado la primera solicitud de devolución por escrito en cualquiera
de las agencias del SRI a nivel nacional.
- Obtener en las
oficinas del SRI la clave de acceso a Servicios en Línea y presentar la cédula;
y, el acuerdo de responsabilidad para uso de medios electrónicos
debidamente firmado, el cual puede Ver
acuerdo de responsabilidad.
- Llenar el
listado de comprobantes de venta físicos para solicitudes por internet Ver formato listado.
En caso de que la solicitud sea presentada por una persona de nacionalidad
extranjera no naturalizada:
- Si solicita la devolución de un período anterior a la expedición
de su cédula de ciudadanía, presentar la copia del documento que
acredite la fecha de su inscripción en el Registro de Extranjeros del
Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Este trámite no puede ser aplicado a personas juridicas